Estados Unidos empezó a cobrar desde el 1 de enero de 2026 un impuesto federal del 1% a ciertas remesas enviadas al exterior cuando el envío se financia con instrumentos físicos, como efectivo, money orders (giros/órdenes de pago) o cheques de caja. La medida forma parte de la ley conocida como “One Big Beautiful Bill Act”, promulgada en 2025, y crea un gravamen específico para “remittance transfers” en el código tributario estadounidense.
El cobro lo recauda la empresa remesadora o entidad financiera al momento de la operación y luego debe depositarlo y reportarlo al IRS bajo el calendario establecido (por ejemplo, el IRS señaló que el primer depósito semimensual vence el 29 de enero de 2026).
Qué transferencias quedan exentas
Quedan fuera del impuesto las remesas cursadas por canales bancarios o digitales, como:
- transferencias desde cuentas bancarias
- envíos pagados con tarjetas de débito o crédito emitidas en EE. UU.
- billeteras digitales y tarjetas prepagadas (según listados difundidos por medios y empresas del sector)
No cambia lo que recibe el destinatario, pero sí encarece el envío
El impuesto se suma como un costo adicional para quien envía. Por ejemplo, enviar USD 1.000 con un método gravado implica USD 10 extra, además de las comisiones habituales; medios han estimado que, dependiendo del operador, el costo total puede ubicarse aproximadamente entre USD 17 y USD 25 para ese monto.
Por qué preocupa a Ecuador
Ecuador es uno de los países de la región donde las remesas tienen un peso relevante. En 2024 el país recibió USD 6.539,8 millones en remesas, y Estados Unidos fue el principal origen con USD 4.804,1 millones (73,5%), según el Banco Central del Ecuador.
Especialistas y organismos han advertido que, aunque el porcentaje es bajo, el impacto puede concentrarse en población migrante que aún usa efectivo u órdenes de pago, y en hogares que dependen de estos giros para gastos corrientes.
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